DL 2763
Articulos citados
Encabezado
REORGANIZA EL MINISTERIO DE SALUD Y CREA LOS SERVICIOS DE SALUD, EL FONDO NACIONAL DE SALUD, EL INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DE CHILE Y LA CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD Num. 2.763.- Santiago, 11 de Julio de 1979.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s 1, y 128, de 1973; 527, de 1974; 991, de 1976, y Considerando: 1°.- La necesidad de reorganizar el Ministerio de Salud y las instituciones que se relacionan con esta Secretaría de Estado, a fin de establecer las bases orgánicas de un Sistema Nacional de Servicios de Salud, que posibilite el efectivo acceso de la población a las acciones de salud, en la forma prevista por la Constitución Política del Estado, y permita el fiel y eficiente cumplimiento de las políticas de salud, como también ejercer la responsabilidad del Estado de redistribuir la asignación de recursos de acuerdo a las necesidades reales de cada Región, en beneficio de un desarrollo homogéneo. 2°- La necesidad que las nuevas estructuras se adapten a las políticas de regionalización. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente Decreto ley:
Promulgación
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Carlos Jiménez Vargas, Coronel de Aviación, Ministro de Salud.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
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Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
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12/10/2023 | Circular 3778 | Licencias médicas | REQUISITOS DE ACCESO Y PROCEDIMIENTO DE CÁLCULO DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL DE ORIGEN COMÚN Y MATERNAL DE TRABAJADORES DEPENDIENTES. REFUNDE INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA. | Código del trabajoDFL 1 de 2006 MinsalDFL 44 de 1978 MintrabDL 2763DS 3 de 1984 MinsalLey 16.395Ley 20.585 | Circular 3778 |
14/09/2023 | Circular 3765 | Subsidio familiar | RÉGIMEN DE SUBSIDIO FAMILIAR ESTABLECIDO EN LA LEY N°18.020. ACTUALIZA INSTRUCCIONES Y DEROGA CIRCULARES N°S. 1.913 DE 2001, 2.600, DE 2009 y 2.912, DE 2013, TODAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA | DL 2763Ley 16.395, artículo 2Ley 18.020Ley 18.469Ley 18.933 | Circular 3765 |
05/08/2019 | Circular 3438 | Ley SannaSubsidio Incapacidad Laboral (SIL)Trabajadores independientes | IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES PAGADORAS DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL DE ORIGEN COMÚN O MATERNAL, SUBSIDIO POR PERMISO POSTNATAL PARENTAL Y DEL PERMISO SANNA EN RELACIÓN A LOS DESCUENTOS DE COTIZACIONES PARA SALUD Y PENSIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES OBLIGADOS A COTIZAR | DFL 1 de 2006 MinsalDL 2763DL 3500, artículo 17DL 3500, artículo 19DL 3500, artículo 92 fDL 824 (Ley Impuesto a la Renta)DS 57 de 1990 MintrabLey 16.395Ley 18.469Ley 18.933Ley 21.063Ley 21.133 | Circular 3438 |
03/07/2019 | Circular 3433 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS DURANTE EL PRIMER TRÁMITE DE INVALIDEZ Y SOBRE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS DEL PENSIONADO QUE SE REINCORPORA A TRABAJAR CON SU CAPACIDAD RESIDUAL | DFL 1 de 2006 MinsalDL 2763DL 3500, artículo 12DS 3 de 1984 Minsal, artículo 1DS 57 de 1990 Mintrab, artículo 31 (del nro. nº1)Ley 16.395ley 18.834, artículo 146ley 18.883, artículo 149 | Circular 3433 |
02/07/2019 | Circular 3432 | Licencias médicas | IMPARTE INSTRUCCIONES EN RELACIÓN A LICENCIAS MÉDICAS OTORGADAS A TRABAJADORES DEPENDIENTES EN CASO DE CESANTÍA | Código del trabajoDFL 1 de 2006 MinsalDFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 15DL 2763DS 3 de 1984 MinsalLey 16.395Ley 20.585 | Circular 3432 |
14/11/2011 | Circular 2784 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) :SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS RESPECTO DEL PAGO DE LOS SUBSIDIOS POSTNATALES PARENTALES DE SUS FUNCIONARIOS. | Código del trabajo, artículo 195DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 153DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 20DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 5DL 2763DS 1433 2011 minhda, artículo 7DS 1433 2011 Minhda, artículo 9Ley 18.469Ley 18.933Ley 20.545, artículo 2Ley 20.545, artículo 6 | Circular 2784 |
10/03/2006 | Circular 2283 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS. | DL 2763DL 3500DS 101 de 1968 MintrabDS 109 1968 MintrabDS 67 de 1999 MintrabDS 73 de 2006 MintrabLey 16.744Ley 19.578Ley 19.937ley 19.969 | Circular 2283 |
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