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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 19.754

Encabezado

AUTORIZA A LAS MUNICIPALIDADES PARA OTORGAR PRESTACIONES DE
BIENESTAR A SUS FUNCIONARIOS

     Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado
su aprobación al siguiente

     Proyecto de ley 

Promulgación

     Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º
del artículo 82 de la Constitución Política de la
República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y
sancionarlo, por tanto promúlguese y llévese a efecto como
Ley de la República.
     Santiago, 19 de agosto de 2001.- Ricardo Lagos Escobar,
Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas,
Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán,
Ministro de Hacienda.- Ricardo Solari Saavedra, Ministro del
Trabajo y Previsión Social.
     Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda
atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.