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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.211

Encabezado

CONCEDE BONIFICACIONES COMPENSATORIAS A LOS TRABAJADORES DEL
SECTOR PÚBLICO Y ESTABLECE NORMAS DE CARÁCTER FINANCIERO

    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente

    PROYECTO DE LEY:

Promulgación

    JOSE T. MERINO CASTRO.- FERNANDO MATTHEI AUBEL.- CESAR
MENDOZA DURAN.- CESAR RAUL BENAVIDES ESCOBAR.
    Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley,
la sanciono y la firmo en señal de promulgación.
Llévese a efecto como ley de la República.
    Regístrese en la Contraloría General de la República,
publíquese en el Diario Oficial e insértese en la
Recopilación oficial de dicha Contraloría.
    Santiago, veintidós de marzo de mil novecientos ochenta
y tres.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE.- Carlos Francisco
Cáceres, Ministro de Hacienda.

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Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresLegislación citada
18/05/1984Dictamen 2652-1984Servicios de Bienestar ley 18.211