dfl 3 de 1984 del ministerio de salud, artículo 26
Texto
Artículo 26°.- El pronunciamiento de la Unidad de Licencias Médicas, de la Compin o de la ISAPRE, se estampará en el formulario digital o de papel de licencia bajo la firma del profesional respectivo, del presidente de la Compin o del profesional designado por la ISAPRE, según corresponda.