dfl 3 de 1984 del ministerio de salud, artículo 14
Texto
Artículo 14°.- Es competencia privativa la Unidad de Licencias Médicas de la Compin o de la ISAPRE en su caso, ejercer el control técnico de las licencias médicas.
Artículo 14°.- Es competencia privativa la Unidad de Licencias Médicas de la Compin o de la ISAPRE en su caso, ejercer el control técnico de las licencias médicas.