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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 29 de 2004 Minhda, artículo 144

Texto

     Artículo 144.- Los vicios de procedimiento no
afectarán la legalidad de la resolución que aplique la
medida disciplinaria, cuando incidan en trámites que no
tengan una influencia decisiva en los resultados del
sumario.