Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.880, artículo 23

Texto

     Artículo 23. Obligación de cumplimiento de los
plazos. Los términos y plazos establecidos en ésta u otras
leyes obligan a las autoridades y personal al servicio de la
Administración en la tramitación de los asuntos, así como
los interesados en los mismos.