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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 824, artículo 5 transitorio

Texto

    Artículo 5° transitorio.- Las declaraciones anuales de
renta correspondientes al año tributario 1975 por el
ejercicio comercial al 31 de Diciembre de 1974 se
presentarán entre los días 2 y 30 de Mayo de 1975. Dentro
del mismo plazo deberán pagarse los impuestos adeudados
correspondientes a dichas declaraciones.