decreto 3 de 2015 del ministerio del trabajo, artículo 9
Texto
Artículo 9º.- Los representantes de la entidad empleadora ante el Comité Paritario de Empresas de Muellaje, serán preferentemente las personas encargadas de las operaciones en las respectivas faenas portuarias o quienes los subroguen. Por cada miembro titular de la empresa deberá designarse otro, en carácter de suplente.