Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

decreto 3 de 2015 del ministerio del trabajo, artículo 26

Texto

     Artículo 26.- La fiscalización de este reglamento
corresponderá a la Dirección del Trabajo, sin perjuicio de
las atribuciones que correspondan a otros organismos con
competencia en materias de seguridad y salud en el trabajo.