ley 17.301, artículo 32
Texto
Artículo 32°- En el reglamento interno de la Junta se
establecerán las modalidades necesarias para coordinar la
atención médico-sanitaria de los Jardines Infantiles con
el Servicio Nacional de Salud y el Servicio Médico Nacional
de Empleados. Dicha atención se prestará en forma
gratuita.