ley 17.301, artículo 2
Texto
Artículo 2°.- La Junta Nacional de Jardines Infantiles se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Educación Pública.
Artículo 2°.- La Junta Nacional de Jardines Infantiles se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Educación Pública.