ley 17.301, artículo 28
Texto
Artículo 28°- La construcción de jardines infantiles y la transformación de salas cunas se sujetarán a las disposiciones que contenga el reglamento de la presente ley.
Artículo 28°- La construcción de jardines infantiles y la transformación de salas cunas se sujetarán a las disposiciones que contenga el reglamento de la presente ley.