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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 28 de 2009 Mintrab, artículo 34

Texto

     Artículo 34.- En aquellos meses en que el empleador no
entera o entera fuera de plazo las cotizaciones de seguridad
social correspondientes al trabajador, perderá el derecho
al subsidio al empleo por los referidos meses.