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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 28 de 2009 Mintrab, artículo 20

Texto

     Artículo 20.- Tendrán derecho a un plazo adicional
para acceder al subsidio al empleo, aquellos trabajadores
independientes, los dependientes y sus respectivos
empleadores, siempre que cumplan con lo establecido en el
artículo 7º de la Ley.
     Para acreditar los estudios regulares, se deberá
presentar el certificado correspondiente.
     El plazo adicional se contará a partir del primer día
del mes siguiente de aquel en que el trabajador cumpla 25
años, y sólo se podrá extender hasta el mes en que el
trabajador cumpla 27 años de edad.
     Conforme a los semestres académicos cursados, el plazo
adicional por estudios será el siguiente:

a)   1 semestre académico, tres meses de plazo adicional;
b)   2 semestres académicos, seis meses de plazo adicional;
c)   3 o más semestres académicos sin título, 12 meses de
plazo adicional, y
d)   4 o más semestres académicos con título, 24 meses de
plazo adicional.

     En todo caso, este plazo adicional sólo será
aplicable a contar del 1º de enero de 2012.