ley 10.475, artículo ..... transitorio
Texto
ART. ... El tiempo de quince años de servicios a que
se refiere la letra b) del artículo 13 de esa ley, se
reducirá en cinco años para los viajantes que, al 8 de
septiembre de 1952, se encontraban inscritos en el Registro
Nacional de Viajantes.