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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 29.- Elimínase de la enumeración de
entidades contenidas en el artículo 1° transitorio del
decreto ley N° 1.263, de 1975 y de las normas dispuestas en
el artículo 8° del decreto ley N° 1.556, de 1976 a las
siguientes entidades: Universidad de Chile, Universidad
Técnica del Estado, Universidad Técnica Federico Santa
María, Universidad de Concepción, Universidad Católica de
Chile, Universidad Católica de Valparaíso, Universidad del
Norte, Universidad Austral de Chile, Corporación de
Televisión de la Universidad de Chile, Corporación de
Televisión de la Universidad Católica de Chile y
Corporación de Televisión de la Universidad Católica de
Valparaíso. Asimismo, lo dispuesto en el penúltimo inciso
del artículo 2° del decreto ley N° 1.263, de 1975, no
será aplicable respecto de las Universidades de Chile y
Técnica del Estado.