Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 20.- Las entidades regidas por el decreto ley
N° 249, de 1973, podrán contratar egresados de carreras
universitarias, asimilados al grado inmediatamente inferior
al último asignado en la Escala Unica de Sueldos, a la
profesión respectiva.