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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 25.- Los fondos del ítem
50-01-01-24-31.001 han podido y podrán ser destinados
durante el año 1978 a la construcción o adquisición de
viviendas sociales por intermedio del Ministerio de la
Vivienda y Urbanismo.