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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

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    Artículo 56°.- Creánse los siguientes nuevos cargos en la planta de la Superintendencia de Seguridad Social, establecida en el artículo 9° de la ley N° 16.395, en los Departamentos que se indican:
    a) Departamento Jurídico: abogados segundos, dos; abogados terceros, dos; abogados cuartos, tres; abogados quintos, tres; oficiales uno; oficiales segundos, cinco.
    b) Departamento Actuarial: Actuario 1°, ingeniero, uno; Actuarios 2°s, ingenieros, dos; Actuarios 3°s, uno; Calculistas, tres.
    c) Departamento de Racionalización y Métodos: Ayudantes primeros, cinco; Ayudantes, cuatro.
    d) Departamento de Inspección: Auditores 1°s., dos; Auditores 2°s, dos; Auditores 3°s, cuatro; Auditores 4°s, cuatro; Auditores 5°s., cuatro; Ayudantes Auditores, seis.
    e) Departamento Médico: Experto en Prevención de Riesgos, uno.
    f) Departamento de Divulgación y Perfeccionamiento: Bibliotecario, uno; Oficiales 2°s, uno; Oficiales 3°, dos. 
    g) Secretaría General: Oficiales 1°s, dos; Oficiales 2°s, dos; Oficiales 3°s, cuatro; Oficiales 4°s, cinco; Oficiales 5°s, cinco; Auxiliares 1°s, uno; Auxiliares 2°s, uno: Auxiliares 3°s, cuatro.