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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.041, artículo 11

Texto

    Artículo 11.- Otórgase, a contar del primer día del
mes siguiente al de la publicación de esta ley, al personal
de planta o a contrata de la Dirección de Presupuestos, una
asignación correspondiente a los porcentajes que se
señalan de la asignación de fiscalización del artículo
6° del decreto ley N° 3.551, de 1981, aplicado sobre los
grados de equivalencia que se establecen:
    Directivos: Grados 1B, 2, 3, 4 y 5 de la escala de
sueldos del decreto ley Nº 249, de 1974, 63% de la
asignación de fiscalización correspondiente a los grados
1, 2, 3, 4 y 5, respectivamente. No obstante, para los
cargos Directivos grados 8, 11, 12 y 13 de la misma escala,
los montos a percibir por esta asignación serán,
respectivamente, de $ 186.056, $ 152.104, $ 135.092 y $
125.823.
    Profesionales: Grados 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14
de la escala de sueldos del decreto ley Nº 249, de 1974,
52% de la asignación de fiscalización correspondiente a
los grados 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14,
respectivamente.
    La Asignación para los cargos de Administrativos y
Técnicos será respecto de los grados 9, 13, 14, 15, 16,
17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de la escala de sueldos del
decreto ley Nº 249, de 1974, de $ 132.012, $ 101.577,  $
81.305, $ 60.467, $ 52.324,  $ 43.831, $ 41.913,  $ 24.545,
$ 35.204, $ 25.708, $ 15.503 y $ 21.116, respectivamente.
Para los cargos de Auxiliares, dicha asignación será
respecto de los grados 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la
misma escala, de $ 41.913, $ 35.725, $ 35.204, $ 25.708, $
24.865, $ 21.116, $ 23.750 y $ 20.774, respectivamente.
    La Asignación para los cargos de Administrativos y
Técnicos será respecto de los grados 10, 11 y 12 de la
escala de sueldos del decreto ley N° 249, de 1974, de
$279.670, $261.375 y $248.928, respectivamente.