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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.252, artículo 17

Texto

    ARTICULO 17° Agrégase al final de la glosa del ítem
12/02/08.102 de la Ley de Presupuestos vigente, la siguiente
frase: "Este ítem será excedible hasta el monto efectivo
de los reembolsos que se reciban en la Tesorería General de
la República.".