ley 17.252, artículo 16
Texto
ARTICULO 16° Agrégase al artículo 9° de la ley
15.840, la siguiente frase: "Asimismo podrá constituir
sociedades relacionadas con sus fines con la Corporación de
Fomento de la Producción y otras corporaciones y empresas
del Estado, pudiendo, de acuerdo a lo que disponga el
Presidente de la República, aportar a ellas bienes
fiscales.