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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.267, artículo 39

Texto

    ARTICULO 39° El Fisco transferirá al Banco Central de
Chile la cantidad de $ 100.000 millones.
    El Fisco podrá asumir los desembolsos correspondientes
a la transferencia indicada, en forma total o parcial,
mediante la entrega al Banco Central de Chile de Pagarés de
la Tesorería General de la República, cuyo plazo no podrá
exceder de veinticinco años. Al efecto, autorízase la
emisión respectiva.
    Por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, dictado
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70° del decreto
ley 1.263, de 1975, se fijará el plazo de vencimiento,
intereses y demás modalidades y características de los
pagarés a que se refiere el inciso segundo de este
artículo.