ley 18.744, artículo 11
Texto
Artículo 11.- El personal del Instituto Profesional de Valdivia que mediante este proceso sea contratado por la Universidad Austral de Chile, se regirá por las normas que se contienen en los estatutos de esa Universidad, las leyes que le sean aplicables y, en lo no previsto, por las disposiciones legales comunes que rigen a los trabajadores del sector privado.