ley 18.744, artículo 4
Texto
Artículo 4°.- El actual personal del Instituto Profesional de Chillán y de la Universidad de Bío-Bío pasará a desempeñarse, sin solución de continuidad, en la Universidad del Bío-Bío, en la que conservará los derechos que estatutariamente hubiere personalmente generado con motivo de su desempeño funcionario en las respectivas instituciones.