ley 18.744, artículo 6
Texto
Artículo 6°.- Los actuales alumnos del Instituto Profesional de Chillán y de la Universidad de Bío-Bío tendrán derecho a que se les otorguen por la Universidad del Bío-Bío, los mismos grados o títulos a que estaban postulando, sin perjuicio de que puedan optar por otros grados o títulos que, eventualmente, pudiera ofrecerles esta última institución de educación superior, previo cumplimiento de los requisitos que ella establezca.