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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 5°.- Todos los actos, contratos,
publicaciones, inscripciones y subinscripciones que tengan
por objeto llevar a cabo la transferencia de los activos y
pasivos o bienes de cualquier naturaleza desde el Instituto
de Seguros del Estado a las sociedades anónimas a que se
refiere esta ley, estarán exentos de todo impuesto o
derecho.