DFL 90 de 1978 Mintrab, artículo 2
Texto
ARTICULO 2° Asignación por muerte es una prestación
en dinero que tiene por objeto reembolsar gastos funerarios
que hayan efectuado los beneficiarios que determina el
artículo 3° con motivo del fallecimiento de los causantes
que fija el artículo 4°.