ley 18.956, artículo 12
Texto
Artículo 12.- El Departamento de Administración
General es la unidad encargada de la administración de los
recursos humanos, financieros y materiales del Ministerio, y
de proponer los procedimientos e instrucciones tendientes a
cumplir las normas legales y reglamentarias sobre la materia
y supervisar su cumplimiento. Esta unidad estará a cargo
del Jefe del Departamento.