ley 18.956, artículo 10
Texto
Artículo 10.- La División de Planificación y
Presupuesto es la unidad encargada de asesorar, estudiar y
proponer las políticas, planes y programas que orienten las
actividades del sector y la correspondiente asignación de
recursos humanos, materiales y financieros. Estará a cargo
del Jefe de la División, quien será responsable de
coordinar y hacer cumplir las funciones de esta unidad.