Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.206, artículo 10

Texto

    ARTICULO 10° El monto de la asignación por contratación adicional será de $ 3.000 mensuales por cada trabajador que contrate el empleador en las condiciones exigidas por esta ley.
    La asignación será devengada por el empleador en forma proporcional a los días por los cuales pague remuneración al respectivo trabajador, cuando éste estuviere contratado por una jornada inferior a la máxima legal, distribuida en sólo algunos días laborales de la semana, o cuando de hecho el trabajador hubiere prestado servicios por un lapso inferior a dicho máximo en una determinada mensualidad.