ley 15.021, artículo 4 transitorio
Texto
Artículo 4°- La Asignación de Estímulo fijada en el decreto supremo N° 22, de 18 de Enero de 1962, del Ministerio de Salud Pública, se cancelará en la Zona V de Salud "Santiago", a contar desde la fecha que señalan los acuerdos números 142 y 313, de 1961, del Consejo Nacional de Salud.