ley 15.021, artículo 31
Texto
Artículo 31°- Autorízase a la Empresa de los
Ferrocarriles del Estado para que por esta única vez y sin
cargo para ella se cree con los dentistas funcionarios
actualmente en servicio la Planta del Servicio Dental
remunerado de autofinanciamiento y se libere a los dentistas
funcionarios que allí trabajan, del trámite de concurso.