Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.454, artículo 12

Texto

    Artículo 12.- El mayor gasto fiscal que demande la
aplicación de esta ley durante 1996 se financiará con
cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida
presupuestaria Tesoro Público. Para los pagos que
correspondan, se podrá poner fondos a disposición con
imputación directa a este ítem.