ley 16.392, artículo 32
Texto
Artículo 32°- Decláranse de utilidad pública los
terrenos que se encuentran ubicados en la Población La
Colina, de la ciudad de Puerto Montt, provincia de
Llanquihue, y facúltase a la Corporación de la Vivienda
para expropiarlos y transferirlos a sus actuales ocupantes.