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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

decreto 67 de 2000 del ministerio del trabajo, artículo 23

Texto

     Artículo 23.- Las referencias que las normas legales o
reglamentarias hagan a las disposiciones del D.S. Nº173, de
1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se
entenderán hechas a las del presente decreto.