ley 19.490, artículo 6 transitorio
Texto
Artículo 6º.- Para los efectos de la aplicación de
la letra h) del artículo 1º, en relación al primer pago
de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño
funcionario, sólo se considerarán las eventuales
inasistencias injustificadas que se registren en los meses
de enero y febrero de 1997.".