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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 12.- Elimínase a contar del día primero del mes siguiente a la publicación de esta ley, la norma contenida en la letra c) del artículo 2° del decreto con fuerza de ley N° 36, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.