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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo 10.- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 3.501, de 1980, a partir del 1° del mes siguiente a la publicación de esta ley:
    1.- Suprímense las cotizaciones señaladas en la columna 4 del inciso primero del artículo 1°, y 2.- En el inciso segundo del artículo 1°, elimínase lo señalado en su letra c).