ley 19.123, artículo 15
Texto
Artículo 15.- La Corporación estará sometida a la
fiscalización de la Contraloría General de la República
en lo que concierne al examen y juzgamiento de sus cuentas
de entradas y gastos y al control de legalidad de los actos
relativos a su personal y al régimen estatutario de éste.