ley 19.123, artículo 6
Texto
Artículo 6°.- Se declara que la ubicación de las
personas detenidas desaparecidas, como igualmente la de los
cuerpos de las personas ejecutadas y las circunstancias de
dicha desaparición o muerte, constituyen un derecho
inalienable de los familiares de las víctimas y de la
sociedad chilena.