Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3573-2019

.

Fecha: 07 de mayo de 2019

Destinatario: SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Ley N° 16.744; Prestaciones Preventivas; Medidas de prevención; Programa de vigilancia de la salud;

Fuentes: Ley N° 16.744; Artículo 89 de la Ley N° 20.255; Ley N°21.133; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 89 del D.L. N° 3.500, de 1980, , del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 11, del D.S. N° 67, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 42 N° 2 del D.L. N° 824 (LIR)

Departamento(s): Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N° 16.744,

1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley N° 20.255, modificado por la Ley N° 21.133, los trabajadores independientes señalados en el artículo 89 del D.L. N° 3.500, de 1980, esto es, aquellos que perciben rentas gravadas por el artículo 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentran incorporados al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contemplado en la Ley N° 16.744. Asimismo, el artículo 89 de la citada Ley N° 20.255, permite que los trabajadores independientes que perciban rentas distintas a las señaladas, se incorporen voluntariamente al referido seguro, cumpliendo con los requisitos que establece la ley.

Cabe hacer presente que la incorporación de los trabajadores independientes al Seguro de la Ley N° 16.744, otorga a éstos acceso a las prestaciones médicas, económicas y preventivas que contempla dicho seguro. En este sentido, resulta necesario precisar que la letra e) del artículo 11, del D.S. N° 67, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, establece que el organismo administrador deberá incorporar al trabajador independiente a sus programas de vigilancia de la salud, al momento de diagnosticarle alguna enfermedad profesional.

Ahora bien, los protocolos de vigilancia aprobados por ese Ministerio, han sido desarrollados en base a la existencia de una relación laboral entre un trabajador dependiente y una entidad empleadora, sin que se haga referencia a la situación de los trabajadores independientes cubiertos por el Seguro de la Ley N° 16.744. Por otra parte, dado que los protocolos de vigilancia tienen una finalidad eminentemente preventiva, destinada a evitar el acaecimiento de determinadas enfermedades profesionales y/o a detectar precozmente la presencia de dichas patologías, resulta necesario que se aclare en qué se traduce la obligación de los organismos administradores de incorporar al trabajador independiente a sus programas de vigilancia, al momento de diagnosticarle alguna enfermedad profesional.

2.- Por lo anterior, se requiere un pronunciamiento por parte de esa Entidad, referido al alcance de la disposición contenida en la letra e) del artículo 11, del D.S. N° 67 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, a fin de que esta Superintendencia imparta las instrucciones pertinentes a los organismos administradores del Seguro de la Ley N° 16.744.

Fecha de publicaciónTítuloTemasResumenFuentes
15/10/2019Circular 3453Seguro laboral (Ley 16.744)REPORTES FINANCIEROS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL. MODIFICA EL TÍTULO IV. INFORMACIÓN FINANCIERA DEL LIBRO VIII ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744Artículos 2, 3, 30 y 38 de la Ley N° 16.395; Ley N° 21.010; Artículo 22 de la Ley N° 17.322; Artículos 5, 7, 12, 15, 21, 30, 35, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 5080 de la Ley N° 16.744; Artículo sexto transitorio Ley N° 19.578, Ley N° 18.490
15/10/2019Circular 3452Seguro laboral (Ley 16.744)FORMATO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 (FUPEF-IFRS) Y SISTEMA DE VALORACIÓN Y CONTROL DE INVERSIONES (SVCI). MODIFICA LOS TÍTULOS II., III. Y IV. DEL LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES Y EL TÍTULO III. DEL LIBRO.IX. SISTEMA DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744Artículos 2, 3, 30 y 38 de la Ley N° 16.395; Ley N° 21.010; Artículo 22 de la Ley N° 17.322; Artículos 5, 7, 12 de la Ley N° 16.744;
Fecha publicaciónTítuloTemasDescriptoresFuentes
25/08/2021Dictamen 3156-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - Cotización adicional diferenciada - FinanciamientoLeyes N°s 16.395 y 16.744; D.S. No 67, de 1999, y D.S. No 7, de 2021, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/08/2021Dictamen 3027-2021Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientesLey N° 16.744 - Trabajador independiente - FinanciamientoLeyes N°s 16.395 y 16.744.
12/08/2021Dictamen 2998-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744Leyes N°s 16.395 y 16.744; D.L. No 1.819, de 1977; D.S. No 33, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
12/08/2021Dictamen 3002-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Prestaciones Preventivas - Ley N° 16.744Leyes N°s 16.395, 16.744 y 21.342
10/08/2021Dictamen2955-2021Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientesCobertura - Ley N° 16.744 - Trabajadores independientesLeyes N°s.16.395 y 16.744; D.S N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del Trabajo.
10/08/2021Dictamen 2973-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - CoberturaLey N°16.744. D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
06/08/2021Dictamen 2931-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Cotización adicional diferenciada - Ley Nº 16.744Ley 16.395, artículo 30; Ley 16.744
06/08/2021Dictamen 2928-2021Prestaciones económicasPrestaciones Económicas - Ley N° 16.744 - ReembolsosArtículo 4, Ley 19.345; Ley 16.744
05/08/2021Dictamen 2929-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley Nº 16.744 - Calificación - MutualidadLeyes N°s 16.395 y 16.744; D.S. Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
02/08/2021Dictamen 2861-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Calificación de Enfermedad Profesional - Ley Nº 16.744Leyes N°s 16.395 y 16.744.
30/07/2021Dictamen 2849-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744Leyes N°s 16.395 y 16.744
30/07/2021Dictamen 2852-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Cotización adicional diferenciada - Ley N° 16.744 - FinanciamientoLeyes N°s. 16.395 y 16.744; D.S. N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
29/07/2021Dictamen 2818-2021Trabajadores independientesLey Nº 16.744 - Trabajadores independientesLeyes N°s. 16.395, 16.744, 20.255 y 21.200; D.F.L. N°1, de 2006, del Ministerio de Salud.
27/07/2021Dictamen 2755-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - ReposoLeyes N°s 16.395 y 16.744
26/07/2021Dictamen 2749-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley N° 16.744 - Accidentes graves y fatalesLeyes N°s 16.395, 16.744, 19.628 y 20.584.
20/07/2021Dictamen 2696-2021Prestaciones económicasPrestaciones Económicas - Ley N° 16.744 - ReembolsosLey 19.345, artículo 4;Ley 19.345;Ley 16.744
29/06/2021Dictamen 2442-2021Seguro laboral (Ley 16.744)Ley Nº 16.744 - Prestaciones EconómicasLeyes N°s. 16.395 y 16.744.
26/09/2019Dictamen 6157-2019Prestaciones preventivasLey N° 16.744 - Instrumento de Prevención - Comité Paritario de Higiene y Seguridad - ElecciónLeyes Nºs 16.744 y 19.345. Decretos Supremos Nºs 40 y 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
12/09/2019Dictamen 6039-2019Seguro laboral (Ley 16.744)Organismos Administradores - Ley N° 16.744 - Administración delegada - PrivadosArtículo 184 del Código del Trabajo; Ley N° 16.395; Ley N° 16.744; Ley N° 20.584; Artículo 13, del D.S. N°41, de 2012, del Ministerio de Salud; Artículos 2 y 10 de la Ley N°19.628; Artículo 127 del Código Sanitario; Artículo 72 letra e) del D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/07/2019Dictamen 4894-2019Seguro laboral (Ley 16.744)Por riesgo efectivo - Cambio de actividad económica - Cotización adicional diferenciada - Ley N° 16.744 - Actividad principal - Financiamiento - Por riesgo presunto: Leyes N°s 16.395, 16.744 y 21.133; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 187, de 2014, el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.; artículo 88, Ley N| 20.255; Artículo 42 N° 2, ley de la renta
09/04/2019Dictamen3043-2019Prestaciones preventivasLey N° 16.744 - Del sector público - Instrumento de Prevención - Comité Paritario de Higiene y SeguridadLey N° 16.744; artículo 1 del D.S. N° 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19.345;
19/03/2019Jurisprudencia SUSESO - Dictamen 2510-2019Seguro laboral (Ley 16.744)Exámenes pre - Ocupacionales - Enfermedad - Exámenes ocupacionales - Salud compatible: Ley N°16.395; Artículos 185, 186 y 187 del Código del Trabajo; Artículo 110 del D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud.
 Dictamen 1107-2019Seguro laboral (Ley 16.744)77 bis - Primera atenciónLeyes N° 16.395 y Artículo 72, de la 16.744
 Dictamen 1057-2019Prestaciones médicasPrestaciones MédicasLeyes N°s. 16.395; artículos 9 y 10, 16.744; 21.054
TítuloDetalle
DS 109 1968 MintrabDS 109 1968 Mintrab
Ley 16.395Ley 16.395
Artículo 89Ley 20.255, artículo 89
Artículo 89DL 3500, artículo 89
Ley 16.744Ley 16.744
Decreto 101 de 1968 del Ministerio del TrabajoDS 101 de 1968 Mintrab