Ley 20.545, artículo 4
Texto
Artículo 4°.- Agrégase el siguiente artículo 152
bis al decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de
Salud, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las
leyes N° 18.933 y N° 18.469:
"Artículo 152 bis.- Los trabajadores independientes
tendrán derecho al permiso postnatal parental del artículo
197 bis del Código del Trabajo, el cual podrán ejercer por
doce semanas, percibiendo la totalidad del subsidio, o por
dieciocho semanas, percibiendo la mitad de aquel, además de
las rentas o remuneraciones que pudieren percibir, dando
aviso a la entidad pagadora del subsidio antes del inicio
del período.
La base de cálculo del subsidio establecido en este
artículo será la misma del descanso de maternidad a que se
refiere el inciso primero del artículo 195 del Código del
Trabajo. Para efectos de determinar la compatibilidad de
subsidios a que tiene derecho el trabajador se aplicará lo
dispuesto en los incisos segundo y siguientes del artículo
25 del decreto con fuerza de ley Nº 44, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, de 1978.".
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| Fecha publicación | Título | Temas | Resumen | Legislación citada | Descargar |
|---|---|---|---|---|---|
| 18/10/2011 | Circular 2777 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) :SIL maternal | SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL REGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL | Código del trabajo, artículo 195Código del trabajo, artículo 196Código del trabajo, artículo 197 bisCódigo del trabajo, artículo 199Código del trabajo, artículo 200Código del trabajo, artículo 22DFL 150 de 1982 MintrabDFL 1 de 2006 Minsal, artículo 152DFL 1 de 2006 Minsal, artículo 153DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 17DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 25DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 5DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 7DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 8DL 3500, artículo 17Ley 19.620, artículo 19Ley 19.620, artículo 24Ley 20.545, artículo 1Ley 20.545, artículo 2Ley 20.545, artículo 3Ley 20.545, artículo 4Ley 20.545, artículo 6 | Circular 2777 |
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| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Legislación citada |
|---|---|---|---|---|
| 20/01/2012 | Dictamen 4554-2012 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Permiso post natal parental | Ley 10.662, artículo 18 aLey 20.545, artículo 4 |