Texto
Artículo 5º.- Para efectos de determinar si los
cónyuges o el viudo o la viuda cumplen con el requisito de
integrar un hogar perteneciente a los cuatro primeros
quintiles establecido en la letra e) del artículo 1º de la
ley Nº20.506, el Instituto de Previsión Social deberá
verificar que los solicitantes cumplen con esta condición,
de conformidad con lo establecido por la Calificación
Socioeconómica a que se refiere el artículo 33 del
reglamento del artículo 5º de la ley Nº20.379 y del
artículo 3º letra f) de la ley Nº 20.530, aprobado por el
decreto Nº 22 de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social,
a la fecha de presentación de la solicitud para acceder al
bono.