ley 14.908, artículo 12
Texto
Artículo 12. El juez podrá también ordenar que el
deudor garantice el cumplimiento de la obligación
alimenticia con una hipoteca o prenda sobre bienes del
alimentante o con otra forma de caución.
Artículo 12. El juez podrá también ordenar que el
deudor garantice el cumplimiento de la obligación
alimenticia con una hipoteca o prenda sobre bienes del
alimentante o con otra forma de caución.