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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


5. Inhabilidades

LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS

TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación

B. Proyectos de investigación

5. Inhabilidades

Inhabilidades

No podrán participar como investigadores: los gerentes, directores de las mutualidades de empleadores; el director, el fiscal, los jefes de departamentos del ISL y sus superiores; los directivos de las SEREMIS de Salud; así como tampoco los funcionarios de la Superintendencia de Seguridad Social.

Por otro lado, las y los trabajadores de los organismos administradores, podrán participar como investigadores principales o alternos o como parte del equipo de trabajo del proyecto, siempre y cuando no perciban honorarios por colaborar en esta actividad. Se entiende por trabajador a aquellas personas en relación de dependencia laboral con algún organismo administrador durante la ejecución del proyecto, así como durante los dos meses previos al cierre de las postulaciones a la convocatoria.

Los proyectos que reciban financiamiento de otras fuentes deben indicarlo en la formulación del proyecto, señalando específicamente las secciones financiadas por dichos recursos. La solicitud de recursos para actividades que ya cuentan con financiamiento, por parte de organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, inhabilitará a todos los profesionales involucrados en la postulación por 5 años a participar en esta convocatoria.

Todos los investigadores que participen en la ejecución de un proyecto propuesto a financiamiento, deberán adjuntar en su postulación la declaración jurada simple contenida en el Anexo N°15 "Declaración jurada simple proyectos de investigación", de la Letra H de este Título III.