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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.533, artículo 21

Texto

     Artículo 21.- El mayor gasto fiscal que represente en
el año 1997 la aplicación de esta ley se financiará con
cargo al Item 50-01-03-25-33.104 de la Partida
Presupuestaria Tesoro Público. Para el pago de los
aguinaldos se podrá poner fondos a disposición con
imputación directa a este ítem.".