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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


E. Reporte de autoevaluación

LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

TÍTULO V. Gestión de la Seguridad de la Información

E. Reporte de autoevaluación

Reporte de Autoevaluación

Los organismos administradores deberán realizar anualmente una autoevaluación del estado de la seguridad de la información y ciberseguridad al interior de la organización.

Para esto, se deberá elaborar un informe de autoevaluación de gestión de seguridad de la información y ciberseguridad, conforme a lo establecido en el Anexo N°20: "Informe de autoevaluación de la seguridad de la información", de la Letra F. Anexos del presente Título V.

El informe de autoevaluación deberá ser conocido por el directorio y remitido al sistema GRIS de la Superintendencia de Seguridad Social, a través del archivo D.17 "Informe de autoevaluación de Seguridad de la Información", a más tardar el último día de enero de cada año, referido a la evaluación del año calendario anterior.