ley 17.276, artículo 5
Texto
ARTICULO 5° La Comisión Nacional Asesora de Deportes y
Recreación será un organismo asesor del Director General
de Deportes y Recreación, en la formulación y
planificación de la política de la Dirección General y se
reunirá por lo menos dos veces al año.
El Director General de Deportes y Recreación se
reunirá con los Presidentes de los Consejos Provinciales de
Deportes, a lo menos una vez al año, a fin de considerar la
planificación regional de las actividades deportivas.